Tras la fase anterior de consultas iniciales y con el Documento de Alcance remitido por el órgano ambiental, se elabora la Versión Preliminar de la Revisión del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, cuyo contenido viene fijado por el artículo 40 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía.
Es la supervisión del plan desde una óptica medioambiental. Su finalidad es identificar, describir y evaluar los posibles efectos significativos en el medio ambiente que puedan derivarse de la aplicación del plan. Lo que establezca la consejería competente en medio ambiente sobre este documento tendrá repercusión sobre la Versión Preliminar de ordenación.
La Versión Preliminar del Plan, el Estudio Ambiental Estratégico y un resumen no técnico de dicho estudio se someterán, durante un plazo mínimo de 45 días, a información pública, previo anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y a consulta de las Administraciones públicas afectadas y de las personas interesadas que hubieran sido previamente consultadas. El trámite se llevará a cabo a través del Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía.
Durante el periodo de información pública se llevarán a cabo actividades de difusión y divulgación del Plan, para fomentar la participación ciudadana adicional a la que se lleva a cabo en la tramitación administrativa.