Pasar al contenido principal

POTA

Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía

"El Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía tiene por objeto establecer los elementos básicos para la organización y estructura del territorio de la Comunidad Autónoma, siendo el marco de referencia territorial para los demás planes e instrumentos regulados en esta ley y para las Actuaciones con Incidencia en la Ordenación del Territorio, así como para la acción pública en general."

Artículo 39 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA).

 

El concepto de territorio

El concepto de territorio al que nos referimos en el ámbito de la Revisión del POTA se relaciona con tres aspectos, el primero es geográfico, el territorio es un marco físico que se sustenta en el medio natural; el segundo social, unido a las huellas que dejamos las personas cuando tomamos como base ese medio natural para nuestro usos y actividades, ahora o en otros momentos de la historia; el tercero es jurídico, pues es la base física sobre la que la Administración pública ejerce sus competencias.

Luego el territorio es una realidad física, es una construcción social y es también un marco jurídico.

Esquema concepto de territorio

 

En qué consiste la ordenación del territorio

La Ordenación del Territorio trata de distribuir geográficamente, de forma racional y equilibrada, las actividades y los usos del suelo que afectan de forma directa al medio natural, con la perspectiva de contribuir al bien común.

La Ordenación que se diseñe debe permitir el desarrollo socioeconómico sostenible y procurar la cohesión territorial, aprovechando las potencialidades de cada zona, respetando la diversidad del territorio y manteniendo la identidad territorial, plasmada en el patrimonio natural, cultural y paisajístico.

El desarrollo socioeconómico sostenible persigue que los usos y actividades, públicas y privadas, puedan satisfacer las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer las posibilidades de las generaciones futuras de atender las suyas, para ello es necesario encontrar el equilibrio entre tres aspectos o dimensiones: el económico, el ambiental y el social. El desarrollo económico ha de tener en cuenta la situación ambiental y social existente y su proyección futura, armonizándose para alcanzar un equilibrio, en el que ninguna de ellas se vea comprometida.

La cohesión territorial busca que todas las zonas tengan una accesibilidad equivalente, que lograremos con redes de infraestructuras de transporte y telecomunicaciones bien distribuidas; que todas tengan igualdad de oportunidades para desarrollarse; que todas tengan un acceso equiparable a los servicios y equipamientos públicos y disfruten de un nivel similar de bienestar social.

La cohesión territorial debe tener asimismo como foinalidad evitar los procesos de polarización territorial, con concentración excesiva de actividad en unas zonas en detrimento de otras, y debe vertebrar el territorio no sólo internamente, sino también con el exterior, para integrarlo en las dinámicas socioeconómicas nacionales, europeas e internacionales.

Otro aspecto importante a tener en cuenta es la escala de la Ordenación del Territorio, como ya sabemos, el territorio tiene una componente jurídica, marco del ejercicio de competencias de todos los niveles de la Administración Pública, desde el local y regional hasta el estatal y europeo. Todos ellos dejan en el territorio su impronta y su entendimiento sobre cómo debe ordenarse.

Conforme más cercana es la administración al territorio, mayor nivel de concreción puede aplicar a la definición de usos y actividades, mientras que en ámbitos de mayor escala las propuestas han de ser iniciativas que orienten la consecución de intereses supralocales, en forma de líneas estretégicas, que sean capaces de adaptarse a la evolución de un territorio extenso y diverso.

Ciñéndonos al ámbito andaluz, la administración más cercana, de ámbito local, actúa en su territorio aplicando los instrumentos de ordenación urbanística, mientras que la Administración autonómica se encarga de aplicar los instrumentos de ordenación territorial, que operan a nivel supralocal, tanto en el ámbito regional como subregional.

Por lo tanto, no debe confundirse la ordenación territorial con la urbanística, la ordenación territorial no es una macropolítica urbanística, debe ajustarse a su escala de actuación, una escala amplia que permite visualizar el ámbito en el que actúa como un todo continuo, y debe centrarse en conseguir un uso racional del territorio a largo plazo teniendo como premisa el interés general.

En cuanto al interés general, el que se refiere al ámbito andaluz podemos considerarlo de un nivel superior pues comprende  a un grupo social más amplio, y de ahí deriva el carácter vinculante de la ordenación del territorio respecto a la planificación urbanística, y a otros instrumentos de planificación, de carácter público o privado, que puedan tener incidencia en la ordenación del territorio.

Todos los propósitos enumerados en párrafos anteriores, se acaban concretando en un documento, el Plan de Ordenación del Territorio, que plasma los objetivos y líneas estratégicas a alcanzar, sistematiza las actuaciones a llevar a cabo y zonifica el territorio para respetar su diversidad. Para concretar todos esos cometidos, es necesario un largo y profundo proceso de reflexión, en el que debe participar toda la sociedad afectada por el Plan, con el objeto de que el resultado final cuente con el mayor consenso posible.

 

El Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía

El artículo 3 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, señala que la actividad de Ordenación del Territorio es una función pública que corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía. Es la Administracion pública, como representante de toda la sociedad, la que tienne la tarea de elaborar la Planificacion Estratégica  que establezca las Directrices  para lo grar un desarrollo territorial sostenible y cohesionado.

En el año 2006 se aprobó el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía que se encuentra en vigor, y que, transcurridos 17 años, nos disponemos a revisar, para actualizar cómo queremos organizar nuestro territorio, desde planteamientos renovados y con el conocimiento del estado actual del mismo que nos dará el diagnóstico.

En todos estos años se han producido cambios económicos, sociales, ambientales, se han producido cambios legislativos, cuyo principal exponente es la aprobación de la LISTA, y han emergido nuevos retos, o algunos que ya existían se han acrecentado y es necesario pensar cómo abordarlos desde el territorio, entre ellos, el cambio climático, el desafío demográfico y la transición energética, por citar algunos.

Pero esto no significa que la Administración Autonómica no esté trabajando sobre estos aspectos, de ellos se ocupan las políticas sectoriales que despliegan las diferentes Consejerías de la Junta de Andalucía. El cometido del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía no es sustituir a la planificación sectorial , sino ofrecer un marco de coordinación para armonizarlas y contribuir a la coherencia territorial y la eficiencia de estas políticas públicas.

La coherencia territorial se alcanzará si somos capaces de renovar el POTA definiendo líneas estratégicas y zonificaciones que consigan que las diversas políticas públicas sectoriales desplegadas en el territorio andaluz por la Administración autonómica, y también por la estatal y la local, en el ámbito de sus competencias, actúen de forma conjunta, agrupada y coordinada allí donde sea posible, generando un marco común para optimizar los esfuerzos y para la toma de decisiones coherentes con una política general.

La eficiencia de las políticas públicas la lograremos si conseguimos la mejor utilización de los recursos disponibles, de forma que se aprovechen aspectos complementarios de las diferentes políticas sectoriales con el objetivo de generar efectos sinérgicos y alcanzar mayores beneficios con igual inversión.

No debemos olvidar que el objetivo final que nos lleva a Revisar el POTA es conseguir que nuestra Comunidad Autónoma consiga a largo plazo un desarrollo socioeconómico sostenible y alcancar los mayores niveles de cohesión territorial y bienestar social, desde la lógica del bien común y preservando la identidad territorial de Andalucía con la que todas las personas que disfrutamos de este territorio nos identificamos.

Para dar una idea de la tarea a la que nos enfrentamos, contextualicemos geográficamente nuestra Comunidad Autónoma.

En cuanto a la escala, Andalucía es un espacio geográfico de gran extensión superficial, más de 87.000 Km2, 17% de la superficie del Estado, que tiene más de 8 millones de habitantes, primera Comunidad Autónoma en cuanto a población con un 17,9% del total nacional. Cuenta con 785 municipios, en los que habita gran parte de su población, concretamente el 82,3% de la población andaluza reside en centros y agrupaciones urbanas, lo que la sitúa en la línea de los datos de población urbana que presenta el conjunto nacional. Por otra parte, el 51% de esta población vive en 30 municipios de más de 50.000 habitantes, lo que viene a demostrar la significación del hecho urbano en Andalucía.

Fuerte peso demográfico y gran extensión superficial son dos de los principales rasgos que caracterizan a Andalucía desde un punto de vista geográfico. Además, destaca por su diversidad territorial y paisajística, pudiéndose diferenciar espacios serranos, ambientes meseteños y de baja montaña en Sierra Morena y más verticales de las Cordilleras  Béticas; campiñas, asociadas fundamentalmente a la Depresión del Guadalquivir; altiplanos y subdesiertos esteparios, únicos en el contexto europeo, localizados en parte de la provincia de Granada y en gran parte en Almería; valles, vegas y marismas, destacando las marismas del Guadalquivir; litoral, con más de 900 km de costa Andalucía es, tras Galicia, la segunda Comunidad Autónoma peninsular con más extensión litoral, repartida entre dos masas de agua, océano Atlántico y mar Mediterráneo.